El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó el monto compensantorio de $24.500 millones a las empresas distribuidoras de gas natural por redes por los efectos devaluatorios acumulados de abril de 2018 a marzo de 2019.
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SUSCRIBITEEl Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó el monto compensantorio de $24.500 millones a las empresas distribuidoras de gas natural por redes por los efectos devaluatorios acumulados de abril de 2018 a marzo de 2019.
Según explicaron fuentes del Enargas a Ámbito, el ente no es quien aprueba el pago, sino que solo se limitó a calcular los montos netos según lo establecido en el Decreto 1.053/18, que ordena la compensación correspondiente a las diferencias diarias acumuladas mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1º de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio.
Así, a través de la Resolución 735/2019 publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Enargas determinó que el Estado nacional debe abonar $24.524.715.128,43 a las prestadoras por las DDA.
Las prestadoras beneficiadas son:
Naturgy BAN $4.295.600.538,99
Metrogas $4.572.384.986,88
Camuzzi Gas Pampeana $5.144.263.397,74
Camuzzi Gas del Sur $3.407.375.811,45
Litoral Gas $2.011.767.204,28
Gas Nea $309.944.621,64
Gasnor $778.783.460,88
Redengas $122.300.593,11
Distribuidora de Gas del Centro $1.898.908.387,66
Distribuidora de Gas Cuyana $1.983.386.125,80
A su vez estas compañías abonarán esas diferencias a los proveedores Integración Energética Argentina (Ieasa), Tecpetrol, Total Austral, Compañía General de Combustibles, Pan American Energy, Pan American Sur, Wintershall Dea, Compañía Inversora de Energía (Cinergia), Pluspetrol, Pluspetrol Energía, YPF, Enap Sipetrol, Mobil, Pampa Energía, Vista Oil & Gas, Roch, y nuevamente la misma empresa en representación de la Unión Transitoria de Empresas denominada "Rio Cullen Las Violetas".
A través del artículo 7 del Decreto 1053/18 el Enargas determinó que el reconocimiento de las DDA solo resultaría aplicable a aquellas prestadoras y proveedores de gas natural que adhirieran al régimen instituido y renunciaran expresamente a toda acción o reclamo.
Posteriormente la Resolución 466/2019 aclaró que la adhesión implicaba la aceptación íntegra del régimen instituido, sin reservas de ninguna clase o naturaleza y, a la vez, la renuncia total, plena, incondicionada y definitiva a iniciar reclamos administrativos, arbitrales o judiciales de cualquier naturaleza y en cualquier jurisdicción, local o internacional. Si bien la fecha para presentar las solicitudes de adhesión era originalmente el 15 de setiembre de este año, se extendió el plazo hasta el 25 de octubre último.
Previo a operar el vencimiento para solicitar su adhesión al régimen, las firmas YPF, Pan American Energy, Pan American Sur, Compañía General de Combustibles, Wintershall Dea y Litoral Gas interpusieron recursos de alzada contra la Resolución 466/2019, los cuales fueron elevados a la Secretaría de Energía.
Sin embargo, todas las recurrentes solicitaron posteriormente su adhesión al régimen, y suscribieron el modelo de solicitud aprobado por la resolución cuestionada, lo cual implicaba su aceptación íntegra y sin reservas, y la renuncia a toda acción o reclamo derivado de las DDA.
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