Por Gustavo Martínez Puga
Nada parece poder detener a Nelson Arturo Vivares (32): sumó su décima cuarta excarcelación, todas tras caer sospechado de cometer delitos. Y 11 de esas 14 causas prescribieron, es decir, se venció el máximo tiempo legal previsto sin que un juez lo investigue. Ahora zafó de estar preso por un hecho que fue noticia nacional el 19 de abril último: lo filmaron robando un auto estacionado en el shopping Patio Alvear y lo vio todo el país. Luego se probó que en pocas horas había asaltado otros dos vehículos estacionados.
Sin embargo, a pesar de estar libre, sigue firme el procesamiento por tres robos. Pero ya no tendrá que esperar el día que le hagan el juicio tras las rejas.
Esto se debe a que el tribunal de la Sala II de la Cámara Penal (Juan Carlos Peluc, Jose A. Vega y Ernesto Kerman) le dio la razón al abogado defensor Leonardo Villalba y dio vuelta la negativa a la excarcelación del juez Maximiliano Blejman. La fiscal de cámara, Alicia Esquivel, no adhirió a la postura del tribunal y compartió la decisión del juez Blejman.
Éste magistrado se había negado a darle la libertad a Vivares, argumentado que "entiendo a prima facie que en virtud del peligro de fuga demostrado corresponde privar de la libertad al encartado”, según el auto de procesamiento dictado en julio último.
Blejman argumentó también que Vivares no tenía domicilio real (como una casa propia), que no tenía trabajo y podía obstaculizar la investigación judicial con su cómplice aún prófugo.
El tribunal falló que "la denegatoria atacada, resulta desproporcionada e innecesaria a los fines del debido proceso”.
A pesar de tener 13 casos judiciales anteriores a estos robos, el tribunal de la Sala II entendió que, al no haber una condena, no se le pueden imputar a Vivares esos hechos como antecedentes.
Por esas razones, los jueces de la Sala II decidieron "revocar la resolución del 25 de junio de 2015 y conceder la excarcelación al encartado Nelson Vivares bajo la caución que el Juez de Instrucción determine”.
El domingo 19 de abril, a las cinco de la tarde, Vivares y un cómplice (nunca lo atraparon) quedaron registrados en las cámaras de seguridad del shopping Patio Alvear como los autores del robo a un Fiat Palio ubicado en el estacionamiento.
Con claridad se observa en las imágenes el momento en que suben unas escaleras, observan el auto, luego se estacionan a la par con un Volkswagen Gol; abordan el Palio y le roban el estéreo y la rueda de auxilio.
Diez días después atacaron dos autos en la playa de estacionamiento de la estación de servicios ubicada en Matías Zavalla y Lateral de Circunvalación. A las 19 horas rompieron la cerradura y robaron el interior de un Peugeot 207. Y a las 20 horas hicieron lo mismo con una Peugeot Partner.
Cuando cayó preso por esos tres hechos, la primera medida del juez Blejman fue negarle a Vivares la excarcelación. Tuvo en cuenta sus antecedentes y el peligro de que se fugara y pusiera en riesgo el resultado final de la causa judicial: que se fugue y no haya un autor para responsabilizar por los tres hechos.
"De los 13 hechos, por los menos 11 estaban prescriptos. Y los dos restantes serían contravenciones. A eso hay que agregarle que el delito por el que lo procesan es excarcelable, por lo que no hay motivo legal para que siga preso hasta el momento del juicio”, dijo el abogado defensor Villalba.
¿Por qué lo detienen?
"La detención provisional constituye un ejercicio controlado de fuerza por parte del Estado destinado únicamente a hacer efectiva la aplicación del derecho en el caso concreto frente a la evidencia de la comisión de un hecho que se supone delictivo y ante la férrea presunción de que el sospechado intentará eludirse y frustrar la sustanciación del procedimiento”.
Maximiliano Blejman, juez de instrucción.
¿Por qué lo liberan?
"La presunción de peligrosidad o de falta de vocación para colaborar con la Justicia, debe respaldarse en bases fácticas concretas y no solo en una suposición derivada de fuentes puramente formales, que puedan en el caso, no reflejar con certeza la actitud del excarcelado frente al proceso”. Resolución del tribunal Sala II.