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Claves del caso: por qué la Corte benefició a Carrascosa

El máximo Tribunal hizo lugar a un planteo de la defensa, sin expedirse sobre el caso.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La Corte Suprema de Justicia anuló un fallo que confirmaba la prisión perpetua de Carlos Carrascosa por el crimen de su esposa María Marta García Belsunce, en octubre del 2002 en el country Carmel, ordenando que se revise nuevamente su situación procesal, con lo que el ex marido podría recuperar la libertad.

Los ministros de la corte Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Raúl Zaffaroni, dejaron sin efecto un fallo de la Suprema Corte bonaerense que convalidaba la prisión de Carrascosa. ¿Porqué tomaron esta decisión?

- El Tribunal declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la defensa de Carlos Alberto Carrascosa y dejó sin efecto la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que había rechazado los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley por defectos formales y mantenido el pronunciamiento de la Sala I del Tribunal de Casación bonaerense que condenó al nombrado a la pena de prisión perpetua como coautor del delito de homicidio (de su esposa María Marta García Belsunce) agravado por el vínculo; hecho por el que había sido absuelto por el Tribunal en lo Criminal n° 6 de San Isidro. 

El ex marido de María Marta lleva cinco años preso sin condena firme.
- Los jueces firmaron que "el pronunciamiento apelado exhibe graves vicios de fundamentación que lo descalifican como un acto jurisdiccional válido".

- Debido a los "vicios" se deja sin efecto la sentencia apelada”, por eso la Corte bonaerense deberá ahora emitir un nuevo fallo después de revisar todos los argumentos de la apelación de la defensa de Carrascosa.

- El ex marido de María Marta lleva cinco años preso sin condena firme.

- En su apelación al fallo del máximo tribunal bonaerense, la defensa de Carrascosa había argumentando "un excesivo rigor formal en detrimento de la defensa en juicio y el debido proceso, al privar al imputado de su derecho a concretar una revisión integral de la condena impuesta en casación, en orden al delito de homicidio calificado por el que había sido absuelto por el tribunal oral que lo juzgó”.

- El penalista Fernando Díaz Canton, defensor del viudo, atacó el fallo por el cual se confirmó la resolución de la Sala Primera del Tribunal de Casación bonaerense que lo condenó a prisión perpetua como "coautor del delito de homicidio agravado por el vínculo”.

- Carrascosa había sido absuelto en el juicio oral por el homicidio de su esposa pero condenado a cinco años y seis meses de prisión por "encubrimiento agravado”, sin embargo esa decisión fue revocada por la Casación bonaerense que lo responsabilizó por la muerte de María Marta, imponiéndole la pena más severa del Código Penal.

- La Corte Suprema ahora sostuvo que el fallo del tribunal anterior "desestimó el remedio procesal local intentado con el único fundamento de que la vía utilizada no era la adecuada, pese a reconocer que la materialidad de los agravios quedaban alcanzados por el recurso de inaplicabilidad de ley”.

- "Dicho rigor formal es incompatible con la necesidad de garantizar al condenado el derecho a una revisión amplia de la sentencia que así lo declara”, enfatizaron los ministros.

La socióloga María Marta García Belsunce (50) fue hallada muerta el 27 de octubre de 2002 en su casa del country Carmel, de Pilar, con medio cuerpo semisumergido en la bañera.

Su marido dijo que había sufrido un "accidente" y se había golpeado con las canillas, sin embargo la autopsia practicada a 36 días del hecho comprobó que había sido asesinada de seis balazos en la cabeza.

 


Fuente: Infonews

Tiempo de San Juan

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